6/10/2026

LOS BEBÉS DEL PAPA 👼



          LOS BEBÉS DEL PAPA 👼


    La necesidad de proporcionar al niño una protección especial fue enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño.

    Posteriormente, 30 años más tarde, la Asamblea de las Naciones Unidas aprobó en 1959 la Declaración de los Derechos del Niño. Y, 30 años después, el 20 de noviembre de 1989 se adoptó como Convención.

  Hasta la fecha, casi 200 países la han ratificado. Convirtiéndose en el Tratado internacional de derechos humanos más firmado de toda la historia.

   España lo hizo el 6 de diciembre de 1990. Se publicó en el BOE el 31 de diciembre de 1990 y entró en vigor el 5 de enero de 1991.

   Los principales objetivos de la Convención sobre los Derechos del Niño son garantizar y proteger los derechos fundamentales de todos los niños, niñas y adolescentes.

  Uno de estos derechos es el de su libertad de pensamiento, conciencia y religión (Artículo 14).

  Dice el precepto que, los Estados respetarán los derechos de los padres de guiar al niño en el ejercicio de su derecho. Pero que, la libertad de profesar sus propias creencias estará sujeta a cuantas limitaciones prescritas por la ley sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral, la salud o los derechos y libertades fundamentales de los demás. Dicho de otro modo, no se pueden imponer a los menores actos, sin respetar su bienestar.

 Y, tras estos breves antecedentes jurídicos introductorios, os cuento:

  El seguimiento televisivo de la visita del Papa León XIV está poniendo a prueba mi capacidad de sorpresa, incredulidad e indignación, por varias razones. La principal y más preocupante es la lluvia de bebés que, alzados por desconocidos de los padres, se le ofrecen a su paso. Puntualizo que, en la mayoría de las ocasiones el paso del Papa es motorizado, no pedestre. En términos de seguridad, el detalle no es baladí.

    Mi fructífera imaginación es irrefrenable. Y, nada puedo hacer para evitar que acudan a mi mente preguntas surrealistas sin respuesta. ¿Puede un bebé perderse y no retornarse a sus padres, como sucedía con las camisetas que se tiraban al autobús de la rúa del Barça para ser firmadas?. ¿Si a un bebé le toca la cabeza el Papa, podemos garantizar que en el futuro no será un asesino en serie?

  Pero, el acercamiento de bebés (al punto del lanzamiento) no tiene ninguna gracia.

    Salvo alguna supuesta exención divina (que pueda yo desconocer) que exima del cumplimiento de la legalidad, debería respetarse a los niños, en acciones como la descrita. No por el Papa, quien se limita a bendecir, sino por algunos padres a quienes el fervor religioso les lleva a actuar irresponsablemente.

    En todas sus variaciones, la fe y el culto no deben estar exentos de límites. Desde las procesiones de Semana Santa donde se acerca a los niños a los pasos de la Virgen, a las restricciones alimentarias religiosas.

  Los niños son seres con derechos y libertades, que deben poder decidir cuando tengan capacidad para poder hacerlo, la religión que profesarán, si quieren.


                                    Barcelona, 10 de junio de 2026


    Fdo.: Meritxell Armengol Sanz

   



    

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